Los bienes de una persona fallecida, tales como propiedades, vehículos, dinero, muebles, y otros se deben repartir entre sus herederos conforme a las normas del Código Civil Chileno, relativas a la sucesión intestada, o en caso de la existencia de un testamento, conforme a las disposiciones del este. Y la aplicación de este impuesto es sobre el valor líquido de cada asignación, de acuerdo a una escala progresiva y se regula en la Ley N° 16.271. Debido a que es un impuesto progresivo, la tasa que se aplique sobre el valor líquido de cada asignación dependerá del monto del mismo, es decir, mientras más alto sea el valor, mayor será la tasa impositiva a aplicar.

Cabe destacar que toda herencia que deja una persona siempre se somete a este impuesto, a excepción de algunas circunstancias especiales, tales como el beneficio tributario del DFL 2.

El impuesto a la herencia se debe pagar al momento de realizar la tramitación de la posesión efectiva ante el Registro Civil, según lo indicado en la Ley N° 19.903.

El objetivo de SAFE ASESORES es ayudar a maximizar los flujos de fondos que los herederos percibirán, a través del estudio y análisis exhaustivo de las diversas variables y beneficios que surgen de su personal condición, las estructuras societarias a las que pertenece, entorno personal y de la implementación de normas financieras, tributarias y previsionales que las afectan, y siempre de acuerdo al cumplimiento de todas las leyes y normativas vigentes en Chile.