Los impuestos sobre asignaciones por causa de muerte y donaciones se rigen por la Ley 16.271 y su aplicación y fiscalización estará a cargo del Servicio de Impuestos Internos. El impuesto se aplicará sobre el valor líquido de cada asignación o donación, de acuerdo a una escala progresiva. Este impuesto que puede alcanzar hasta un 25% de la masa hereditaria se debe pagar dentro del plazo de dos años contado desde la fecha en que la asignación se difiera. Los Notarios no podrán autorizar las escrituras públicas de bienes hereditarios si no se inserta el comprobante de pago del impuesto respectivo. Dentro del plazo de cinco días el Notario deberá enviar copia del comprobante al Servicio de Impuestos Internos. Para determinar el monto sobre el cual deba aplicarse el impuesto, se deberá considerar el valor que tengan los bienes al momento de deferirse la herencia en conformidad al avalúo fiscal para el caso de los bienes raíces, el promedio del precio que los efectos públicos, acciones y valores mobiliarios hayan tenido durante los seis meses anteriores a la fecha de la delación de las asignaciones y valores de adquisición de los inmuebles.

El objetivo de SAFE ASESORES es ayudar a maximizar los flujos de fondos que los herederos percibirán, utilización de los créditos a que tengan derechos, cálculo del valor que tengan los bienes al momento de deferirse la herencia, a través del estudio y análisis exhaustivo de las diversas variables y beneficios que surgen de su personal condición, las estructuras societarias a las que pertenece, entorno personal y de la implementación de normas financieras, tributarias y previsionales que las afectan, y siempre de acuerdo al cumplimiento de todas las leyes y normativas vigentes en Chile.